Artículo 20. Autonomía para la fijación de la estructura orgánica y funcional.
Artículo 20 de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, de museos y otros centros museísticos de Galicia. · BOE-A-2021-5138
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.
Texto consolidado
Las personas titulares o, en su caso, las personas gestoras de los museos, de las colecciones museográficas y de los centros de interpretación integrados en el Sistema gallego de centros museísticos deberán dotar a estos de las instalaciones, equipamiento, mobiliario, personal y presupuestos necesarios para el cumplimiento eficaz de sus fines respectivos. A tal efecto, gozarán de autonomía para fijar la estructura orgánica y funcional más adecuada para la satisfacción de sus necesidades, en los términos previstos en el presente título.