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Ley Derogada

Artículo 20. Fin de la vía administrativa.

Artículo 20 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco. · BOE-A-2011-20036

Atención: Ley 3/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las resoluciones que no pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridas opcionalmente:

a) mediante los procedimientos generales de recurso.

b) solicitando su resolución por vía de mediación, conciliación o arbitraje.

2. En este último caso la designación de los mediadores, conciliadores o árbitros se hará de común acuerdo y su actuación deberá darse antes de que se agote el plazo que con carácter general se haya establecido para la resolución del recurso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-27.

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