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Real Decreto Vigente

Artículo 2.

Artículo 2 del Real Decreto 1067/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Juego Mediante Boletos. · BOE-A-1981-12966

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-10.

Texto consolidado

Las prescripciones del presente Real Decreto serán de aplicación en las Comunidades Autónomas en tanto no se dicten por las mismas las disposiciones pertinentes en materia de juego, de acuerdo con lo previsto en sus respectivos Estatutos de Autonomía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-06-10.

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