Artículo 3.
Artículo 3 del Real Decreto 1067/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Juego Mediante Boletos. · BOE-A-1981-12966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-10.
Texto consolidado
El adjunto Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».