Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 1067/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Juego Mediante Boletos. · BOE-A-1981-12966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-10.
Texto consolidado
Se autoriza el juego mediante boletos, cuyo desarrollo se regulará mediante el Reglamento que a continuación se inserta.