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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Acuerdos.

Artículo 19 del Real Decreto 127/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales. · BOE-A-2013-2608

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-10.

Texto consolidado

En las reuniones de Junta de Gobierno los acuerdos se tomarán por mayoría siendo necesario para su validez la presencia de la mitad más uno de sus miembros, en primera convocatoria, y en segunda serán válidos los acuerdos con la presencia al menos, de cuatro miembros, siempre que uno de ellos sea el Decano-Presidente, o el Vicedecano en funciones de Decano-Presidente. En segunda convocatoria, la reunión deberá celebrarse después de transcurridos treinta minutos de la hora anunciada para la primera.

El voto será personal para los miembros de la Junta de Gobierno y no se admite delegación, decidiendo en caso de empate, el voto de calidad de Decano-Presidente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-03-10.

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