Artículo 19. Asesoramiento para la creación de empresas en Extremadura.
Artículo 19 de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior. · BOE-A-2010-597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-22.
Texto consolidado
Los extremeños en el exterior tienen derecho a recibir de la Administración de la Junta de Extremadura asesoramiento técnico y jurídico para la creación de empresas en Extremadura.