Artículo 19. Investigación y gestión del conocimiento.
Artículo 19 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. · BOE-A-2021-13605
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas de Andalucía, en su ámbito de actuación, fomentarán el desarrollo de investigaciones y estudios generadores de conocimiento en materia de infancia y adolescencia y la creación fundamentada de estrategias y métodos de intervención para el desarrollo de programas basados en la evidencia científica, así como la supervisión, evaluación y la divulgación de conocimientos sobre materias relativas a la infancia y adolescencia que promuevan su óptimo desarrollo.
2. Las administraciones públicas de Andalucía, incluirán entre las prioridades de sus planes y estrategias de I+D, innovación y desarrollo, el impulso del bienestar y calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes, con especial atención a las estrategias de mejora de calidad de vida de aquellos menores que se encuentren en situación de vulnerabilidad.