Artículo 18. Sistema de información e indicadores sobre infancia y adolescencia.
Artículo 18 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. · BOE-A-2021-13605
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.
Texto consolidado
1. La Administración de la Junta de Andalucía se dotará de un sistema único de información e indicadores sobre las diferentes esferas de la vida de las niñas, niños y adolescentes que incluirán tanto el impacto en la calidad de vida y desarrollo positivo, como la identificación de necesidades y problemas.
2. Este sistema de indicadores, como instrumento esencial para la planificación y desarrollo de políticas transversales, incorporará la visión específica de las niñas, niños y adolescentes, y tendrá como finalidad la toma de decisiones políticas y estratégicas sobre la infancia y adolescencia.
3. En la definición del sistema de indicadores se tendrá en cuenta la información estadística y cartográfica generada por el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía. Reglamentariamente se determinará la organización, fuentes de información, gestión y forma de acceso del sistema.