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Decreto-ley Vigente

Artículo 19. Refuerzo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 19 del Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19. · BOE-A-2021-9353

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-02.

Texto consolidado

1. En el seno del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias se creará una bolsa de empleados públicos, con independencia de su vínculo funcionarial, laboral o estatuario que, además de disponer del título de Licenciatura en Derecho o equivalente, cuenten con conocimientos y experiencia probada en materia de contratación pública dentro de los últimos diez años, y presenten su solicitud para formar parte de la misma.

2. Corresponderá al Titular del órgano la asignación de los expedientes al personal integrante de la bolsa, en función de la capacidad y eficiencia demostrada en la resolución de los recursos que se vayan asignando a cada uno de los integrantes de la misma.

En ningún caso se podrán asignar asuntos propios de un Departamento a personal que se encuentre adscrito a dicho Departamento.

3. La asistencia al Tribunal se deberá prestar fuera de la jornada ordinaria de trabajo y se retribuirá como gratificaciones por servicios extraordinarios, horas extraordinarias, o concepto equivalente en función de la clase de vínculo del empleado público. El gasto se imputará a los créditos consignados para tal finalidad en cada sección presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-02.

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