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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 182. Coordinación y colaboración.

Artículo 182 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-16.

Texto consolidado

1. Las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas se realizarán de acuerdo con los principios de equidad, coordinación, colaboración, información mutua y respeto competencial.

2. Los Ayuntamientos deberán contemplar la red de caminos públicos en el planeamiento municipal como infraestructura viaria del municipio, estableciendo la debida clasificación urbanística para impedir la transformación de los terrenos ocupados por la misma.

3. La modificación de la red de caminos con causa en la ejecución de una ordenación territorial y urbanística deberá garantizar el trazado alternativo propuesto en las mismas condiciones de utilización, para lo que será preceptivo el informe favorable de la Administración titular del camino de que se trate. Dicho informe tendrá carácter vinculante en lo referido a posibles afecciones a la red de caminos de Extremadura, y deberá ser emitido en el plazo de tres meses; transcurrido este, se entenderá favorable. En caso de ser desfavorable, el informe expresará motivadamente las cuestiones respecto de las cuales dicho carácter desfavorable resulta vinculante.

Téngase en cuenta que la actualización del apartado 3 establecida por el art. 8.2 de la Ley 2/2018, de 14 de febrero. Ref. BOE-A-2018-3001#a8 entra en vigor el 18 de mayo de 2018, según determina su disposición final 1.

Redacción anterior:

"3. La modificación de la red de caminos con causa en la ejecución de una ordenación territorial y urbanística deberá garantizar el trazado alternativo propuesto en las mismas condiciones de utilización, para lo que será preceptivo el informe favorable de la Administración titular del camino de que se trate."

4. Los Ayuntamientos, Diputaciones y la Administración autonómica podrán establecer acuerdos y convenios de colaboración en orden a la mejora y mantenimiento de la red de caminos rurales públicos de la Región, tanto en sus aspectos técnicos como financieros.#a8

Esta modificación entra en vigor el 16 de mayo de 2018, según establece la disposición final 1 de la citada ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura..

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