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Real Decreto Vigente

Artículo 18. Libro de nombramiento de expertos independientes y de auditores de cuentas.

Artículo 18 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal. · BOE-A-2008-978

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-10-01.

Texto consolidado

En el Libro de nombramiento de expertos independientes y de auditores de cuentas constará el nombre y los datos de la fundación, el nombre del experto o del auditor, la fecha de su nombramiento y los datos de presentación de la instancia en el Libro diario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-10-01.

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