Artículo 18. Recursos.
Artículo 18 de la Orden ITC/2212/2007, de 12 de julio, por la que se establecen obligaciones y requisitos para los gestores de múltiples digitales de la televisión digital terrestre y por la que se crea y regula el registro de parámetros de información de los servicios de televisión digital terrestre. · BOE-A-2007-13973
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-21.
Texto consolidado
Las resoluciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por las que se otorgue o deniegue la asignación de valores de parámetros de Información de Servicio pondrán fin a la vía administrativa. Contra las mismas, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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