Artículo 18. Garantías de la calidad.
Artículo 18 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2010-14849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-21.
Texto consolidado
1. La Consejería competente en materia de vivienda elaborará un Plan Integral de Calidad, en el que se recogerán las medidas de garantía de la calidad aplicables tanto en el control de los proyectos, de los materiales y de las unidades de obra, como en las pruebas de servicio correspondientes, y las relativas a las condiciones de uso y mantenimiento de las viviendas.
2. (Derogado).#ddunica.
Téngase en cuenta que este apartado ya estaba derogado por el Decreto-ley 1/2013, de 31 de julio.
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única.a) del Decreto-ley 1/2013, de 31 de julio. Ref. BOCL-h-2013-90021.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de Vivienda..