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Ley Vigente

Artículo 18. Órgano competente.

Artículo 18 de la Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia. · BOE-A-2021-4520

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-04.

Texto consolidado

1. El otorgamiento de las licencias de pesca continental y de los permisos de pesca corresponde a la consejería competente en materia de pesca continental, sin perjuicio de la posible delegación de su expedición en determinadas entidades, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

2. Lo dispuesto en este título se entiende sin perjuicio del respeto a lo dispuesto en los convenios o acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas, así como en los acuerdos o convenios internacionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-04.

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