Artículo 172. Vía de apremio.
Artículo 172 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-11187
Atención: Ley 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los importes de las sanciones pecuniarias, los gastos de la ejecución subsidiaria, así como la indemnización de los daños y perjuicios causados, podrán ser exigidos por la vía de apremio, conforme al procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva previsto en la normativa que resulte de aplicación.