Artículo 17. Autorización.
Artículo 17 del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca. · BOE-A-2009-16144
Atención: Real Decreto 1549/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se podrán autorizar obras de modernización y equipamiento de buques pesqueros, incluidos los cambios de motor propulsor, de acuerdo con las normas de ordenación que se establecen en este real decreto, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Fomento en materia de seguridad del buque.