Artículo 17. El Departamento de Documentación y Difusión Jurídica.
Artículo 17 del Real Decreto 1027/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. · BOE-A-2025-23372
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-09.
Texto consolidado
Corresponde al Departamento de Documentación y Difusión Jurídica:
a) La gestión, mantenimiento y actualización de las bases de datos de la Agencia.
b) La gestión, mantenimiento y actualización de las bases de datos elaboradas en colaboración con otros órganos de la Administración General del Estado o entidades públicas.
c) El tratamiento documental, análisis jurídico y consolidación de las disposiciones publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» y otros diarios oficiales.
d) La gestión de proyectos y servicios documentales orientados a mejorar el acceso, la reutilización y la difusión de la información jurídica.
e) La gestión de la biblioteca y el archivo.
f) Cualquier otra que le encomienden el Consejo Rector o la Dirección.