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Real Decreto Vigente

Artículo 166. Contenido de la supervisión financiera.

Artículo 166 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. · BOE-A-2015-13057

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

En el desarrollo de la supervisión financiera establecida en el artículo 117 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, se revisará y evaluará el cumplimiento de los siguientes aspectos:

a) El sistema de gobierno de la entidad, incluida la evaluación interna de riesgos y solvencia.

b) Las provisiones técnicas.

c) Los requisitos de capital.

d) Las normas de inversión.

e) Las características cualitativas y cuantitativas de los fondos propios

f) Los requisitos aplicados a los modelos internos completos y parciales, cuando la entidad los utilice.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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