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Real Decreto Vigente

Artículo 165. Actuaciones inspectoras sobre la presencia permanente de las entidades aseguradoras.

Artículo 165 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. · BOE-A-2015-13057

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá realizar actuaciones inspectoras en los lugares en los que una entidad aseguradora desarrolle actividad en España en régimen de libre prestación de servicios, para comprobar si la estructura de la organización de la que, en su caso, disponga la entidad en España es asimilable a una presencia permanente y, por tanto, al régimen de derecho de establecimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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