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Ley Derogada

Artículo 16. Aparcamiento.

Artículo 16 de la Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas. · BOE-A-1993-21447

Atención: Ley 3/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En todas las zonas de estacionamiento de vehículos ligeros los Ayuntamientos reservarán, permanentemente y tan cerca como sea posible de los accesos para viandantes, plazas debidamente señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida.

2. Los accesos para viandantes a estas plazas cumplirán las condiciones establecidas en los artículos anteriores para itinerarios de viandantes.

3. Las dimensiones mínimas de las plazas serán las que permitan su correcta utilización por personas con movilidad reducida, incluidas aquellas que se desplazan en sillas de ruedas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-21.

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