Artículo 154. Dirección y control del servicio.
Artículo 154 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears. · BOE-A-2007-1893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.
Texto consolidado
Corresponde a los entes locales la potestad de dirección y de control del servicio público, que comporta el ejercicio de la potestad de modificación, y la inclusión implícita de la cláusula de actualización del servicio de acuerdo con los estándares económicos y sociales.