Artículo 151. Campañas de sensibilización.
Artículo 151 de la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja. · BOE-A-2023-4327
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-28.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas riojanas, por propia iniciativa o en colaboración con otras Administraciones o entidades públicas y privadas, promoverán campañas de sensibilización ciudadana, tanto en el ámbito urbano como rural, orientadas a poner en valor la importancia de la biodiversidad, la geodiversidad, los servicios de los ecosistemas y el conocimiento y los usos tradicionales y sostenibles del medio natural, y sobre las causas y consecuencias de su pérdida en la dimensión ambiental, social y económica, así como las iniciativas y medidas adoptadas o que se pretendan adoptar para la conservación y recuperación de los ecosistemas.