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Ley Vigente

Artículo 150. Formación del personal al servicio de la Administración.

Artículo 150 de la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja. · BOE-A-2023-4327

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-28.

Texto consolidado

Los planes de formación para el personal del Gobierno de La Rioja deberán incluir como objetivo el conocimiento por dicho personal sobre la importancia de la biodiversidad, la geodiversidad, los servicios de los ecosistemas y sobre las causas y consecuencias ambientales, sociales y económicas que conlleva su pérdida, así como las medidas que cada uno de ellos, dentro de sus funciones, puede adoptar para la consecución de los objetivos establecidos en la presente ley.

A tal fin, la consejería competente en materia de función pública deberá incluir acciones formativas específicas en materia de biodiversidad y geodiversidad, sin perjuicio de las propuestas previas a la aprobación de los respectivos planes anuales de formación que pueda hacer el personal de la Administración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-28.

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