Artículo 152. Voluntariado ambiental.
Artículo 152 de la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja. · BOE-A-2023-4327
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-28.
Texto consolidado
La consejería competente en materia de medioambiente, en colaboración con otras consejerías y entes del sector público, promoverá y facilitará la participación solidaria de la ciudadanía en actuaciones de voluntariado ambiental, según es definido en la Ley 45/2015, de 14 de octubre, a través de actividades organizadas y no remuneradas, y, también, de programas de aprendizaje-servicio.