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Real Decreto Vigente

Artículo 15. Recuperación profesional en Empresas o Centros de trabajo.

Artículo 15 del Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos. · BOE-A-1984-4850

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-03-18.

Texto consolidado

Cuando la actividad formativa se lleve a cabo en Empresas o Centros de trabajo habrá de elaborarse el contrato especial a que se refiere el artículo 34, número 2, de la Ley 13/1982, de 7 de abril.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-03-18.

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