Artículo 15. Procedimiento sancionador.
Artículo 15 de la Ley 8/1996, de 5 de julio, de regulación de la programación audiovisual distribuida por cable. · BOE-A-1996-18660
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-08.
Texto consolidado
1. La imposición de las sanciones debe ajustarse al procedimiento sancionador regulado por el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre. Asimismo, el sistema de recursos es el establecido en el citado Decreto.
2. La instrucción y resolución de los procedimientos corresponden a los órganos que se determinen por reglamento.