Artículo 15. Universidad.
Artículo 15 de la Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2022-3601
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-25.
Texto consolidado
La Universidad pública de La Rioja y otras universidades asentadas en nuestro territorio, dentro de su autonomía organizativa, garantizarán el respeto y la protección del derecho a la igualdad y no discriminación del alumnado, personal docente y cualquier persona que preste servicios en el ámbito universitario por causa de identidad o expresión de género.
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja, en colaboración con la Universidad de La Rioja, promoverá acciones informativas, divulgativas y formativas entre el personal docente en torno a la diversidad en cuestión de identidad o expresión de género, que permitan detectar, prevenir y proteger acciones de discriminación o acoso, así como evitar la impartición de contenidos discriminatorios hacia las personas por estos motivos.
Asimismo, la Universidad de La Rioja prestará atención y apoyo en su ámbito de acción al estudiantado, personal docente o personal de administración y servicios que fueran objeto de discriminación por identidad o expresión de género en el seno de la comunidad educativa.
2. La Universidad de La Rioja y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de las acciones de investigación fomentarán medidas de apoyo a la realización de estudios y proyectos de investigación sobre la realidad de las personas trans, transgénero e intersexuales.
3. Se fomentarán dentro de la educación universitaria pública de La Rioja convenios de colaboración para incentivar la participación pública y privada en la investigación y la profundización teórica sobre la identidad de género, la elaboración de estudios sociológicos, la orientación y ayuda en los planes de formación y empleo para profesionales sanitarios y de otras ramas del conocimiento que entran en contacto habitualmente con la transexualidad.
4. La Universidad de La Rioja adoptará las medidas necesarias para que, dentro del marco legal, se proceda a la utilización del nombre con el que se sienta identificado el estudiantado trans conforme a su identidad sentida, en todas las cuestiones y expedientes administrativos. Para lo cual, habilitará un registro en el que el alumnado trans comunicará el nombre con el que quiere ser identificado.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja.