Artículo 15.
Artículo 15 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera. · BOE-A-2012-5539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-12-17.
Texto consolidado
Se reconoce a todo alumno el derecho de recibir la enseñanza tanto en euskera como en castellano en los diversos niveles educativos.
A tal efecto, el Parlamento y el Gobierno adoptarán las medidas oportunas tendentes a la generalización progresiva del bilingüismo en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.