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Ley Orgánica Vigente

Artículo 147

Artículo 147 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. · BOE-A-1987-16791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

Texto consolidado

La sanción de advertencia podrá imponerse previa audiencia del interesado. Para la imposición de las restantes, será preceptivo la instrucción de un expediente contradictorio, con audiencia del interesado e intervención de la Fiscalía Jurídico-Militar. En este expediente se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 142, en cuanto le sea aplicable.

La incoación del expediente contradictorio será competencia de las autoridades sancionadoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

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