Artículo 14. Ordenación.
Artículo 14 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. · BOE-A-2011-13118
Atención: Real Decreto 1147/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las enseñanzas de formación profesional conducentes a la obtención de los títulos de Técnico y de Técnico Superior establecidos en la Ley Orgánica de Educación se ordenarán en ciclos formativos de grado medio y de grado superior, respectivamente.
2. Los ciclos formativos de grado medio forman parte de la enseñanza secundaria postobligatoria y los ciclos formativos de grado superior forman parte de la educación superior del sistema educativo.