Artículo 14. Organización de la Dirección General de lo Contencioso.
Artículo 14 del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado. · BOE-A-2024-21123
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-17.
Texto consolidado
La Dirección General de lo Contencioso se integra por los siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Contenciosos.
b) La Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas.