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Orden Vigente

Artículo 14.

Artículo 14 de la Orden de 8 de enero de 1999 por la que se establecen las normas generales y de tramitación de los expedientes de visado y de los permisos de residencia por reagrupación familiar, en desarrollo del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 7/1985. · BOE-A-1999-785

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-14.

Texto consolidado

Las solicitudes de visado y de permiso de residencia por reagrupación familiar presentadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta Orden se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en la fecha de su respectiva presentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-14.

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