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Ley Vigente

Artículo 14. Participación ciudadana.

Artículo 14 de la Ley 2/2015, de 23 de marzo, del Estatuto de capitalidad de la ciudad de Logroño. · BOE-A-2015-4029

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.

Texto consolidado

1. El Ayuntamiento de Logroño garantiza la participación ciudadana, especialmente en las materias que afectan más directamente a la calidad de vida de los ciudadanos.

2. Siguiendo lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica de régimen local, los correspondientes reglamentos y ordenanzas municipales regularán el funcionamiento de las entidades ciudadanas de Logroño, las medidas de fomento del asociacionismo, los procedimientos y los órganos para la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local.

3. Todas las personas debidamente inscritas en el padrón municipal podrán participar en cualesquiera procedimientos consultivos promovidos por el municipio de Logroño en los términos recogidos en la legislación de régimen local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-14.

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