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Ley Derogada

Artículo 130. Decomiso.

Artículo 130 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón. · BOE-A-2007-3527

Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El órgano competente en materia sancionadora podrá acordar el decomiso, tanto de los productos ilícitamente obtenidos como de los instrumentos y medios utilizados, quedando en depósito en los correspondientes ayuntamientos hasta que se acuerde por la Administración pública el destino que proceda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-29.

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