Artículo 13. Condiciones específicas exigibles a los titulares de autorizaciones administrativas singulares.
Atención: Real Decreto 81/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los titulares de autorizaciones administrativas singulares deberán cumplir, además de las condiciones generales previstas en el artículo 2, aquellas otras que sean de aplicación a cada categoría o modalidad de servicio en aplicación de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 24/1998.
Más artículos de Real Decreto 81/1999
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- Ver la norma completa: Real Decreto 81/1999, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.