Artículo 13. Competencia general del ciclo final de grado medio en barrancos.
Artículo 13 del Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso. · BOE-A-2020-344
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-11.
Texto consolidado
La competencia general del ciclo final de grado medio en barrancos consiste en diseñar itinerarios y conducir a deportistas y usuarios por barrancos, media montaña estival y vías ferratas equipadas; dirigir el perfeccionamiento de las técnicas específicas utilizadas; organizar actividades de conducción en estos medios, gestionar los recursos materiales necesarios y coordinar las actividades de los técnicos a su cargo, todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad y con el nivel óptimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas participantes en la actividad.
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