Artículo 13. Relación numérica profesorado-alumnado.
Artículo 13 del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2010-5662
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-10.
Texto consolidado
En las enseñanzas artísticas profesionales correspondientes a ciclos formativos de grado medio y grado superior de artes plásticas y diseño, la relación numérica profesor-alumno será, como máximo, de 1/30 en las clases teóricas y teórico-prácticas y de 1/15 en las clases prácticas y talleres, sin perjuicio de que en la normativa reguladora del plan de estudios la Administración educativa determinen grupos más reducidos para la impartición de determinados talleres o módulos.
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