Artículo 13. Readmisión de Colegiados.
Artículo 13 del Real Decreto 2518/1978, de 26 de julio, por el que se aprueban los Estatutos provisionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales. · BOE-A-1978-26975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-11-19.
Texto consolidado
Los Colegiados de Número que se diesen de baja voluntariamente y sigan reuniendo los requisitos establecidos en estos Estatutos, podrán ingresar nuevamente, cumplimentando lo establecido en los artículos 10 y 11.