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Ley Vigente

Artículo 13.

Artículo 13 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia. · BOE-A-1985-21380

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-08-17.

Texto consolidado

1. La administración electoral corresponde a la Junta Electoral de Galicia, a las Juntas Provinciales y de Zona y a las mesas electorales.

2. La Junta Electoral de la Comunidad Autónoma tendrá su sede en la del Tribunal Superior de Justicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-08-17.

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