Artículo 13. Medidas en materia de juventud.
Artículo 13 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.
Texto consolidado
El órgano directivo competente en materia de juventud adoptará, entre otras, medidas tendentes al fomento del ocio alternativo especialmente dirigido a las personas adolescentes y jóvenes, prestando especial interés en las áreas del conocimiento, el deporte y las artes.