Artículo 12. Medidas en materia de educación.
Artículo 12 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.
Texto consolidado
El órgano directivo competente en materia de educación adoptará, entre otras, las siguientes medidas, en relación con los juegos incluidos en el Catálogo de Juegos de Cantabria:
a) La promoción desde todas las áreas o materias de la educación, para un consumo responsable y la prevención de los riesgos de una práctica irresponsable del juego y de la adicción al mismo.
b) El establecimiento en colaboración con la consejería competente en la materia de juego, de acciones o actuaciones de detección precoz y control de la adicción.
c) El fomento del ocio educativo especialmente dirigido a las personas adolescentes y jóvenes.