Artículo 11. Medidas en materia de sanidad.
Artículo 11 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.
Texto consolidado
El órgano directivo competente en materia de sanidad adoptará, entre otras, las siguientes medidas, en relación con los juegos incluidos en el Catálogo de Juegos de Cantabria:
a) La elaboración de campañas informativas y preventivas dirigidas a la población en general para desincentivar hábitos o conductas patológicas.
b) La realización de las actuaciones necesarias para la adaptación a la Estrategia Nacional de Drogas.
c) La realización de talleres y actividades formativas de educación para la salud, información sanitaria y prevención del juego patológico en los ámbitos educativos, sanitario, deportivo y sociolaboral.
d) El establecimiento de protocolos de detección precoz y control del juego patológico en el ámbito sociosanitario.
e) La implantación de unidades multidisciplinares específicas de tratamiento de conductas patológicas.
f) Creación y mantenimiento de un centro integral de prevención e investigación del juego patológico.