Artículo 126. Procedencia.
Artículo 126 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
El sacrificio de los animales sospechosos, enfermos o con riesgo de ser afectados podrá imponerse obligatoriamente como medida provisional, como medida amparada en la declaración oficial de una enfermedad o formando parte de las campañas de control o erradicación de otras enfermedades.