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Ley Vigente

Artículo 125. Prevención y tratamiento.

Artículo 125 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

Texto consolidado

1. Se podrán ordenar tratamientos sanitarios o vacunaciones de carácter obligatorio para impedir la difusión de la enfermedad, y su eficacia podrá extenderse a todo el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana o limitarse a una zona determinada en torno al foco declarado.

2. Asimismo podrán imponerse medidas de desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones, de control de cadáveres, de control de vectores, de manejo de la carga ganadera y de pastoreo, de distancias de ejercicio de las actividades pecuarias, de manejo de los animales y condiciones de mantenimiento del ganado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

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