Artículo 121. Gestión informatizada de los registros.
Artículo 121 de la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1624
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La inscripción de los datos contenidos en estos registros se hará en soporte informático.
2. La información contenida en estos registros será recogida, tratada y custodiada con arreglo a la normativa vigente en protección de datos de carácter personal.