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Ley Derogada

Artículo 122. Infracciones administrativas y sujetos responsables.

Artículo 122 de la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1624

Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se consideran infracciones administrativas las acciones u omisiones de las personas responsables, tipificadas en este título, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.

2. Son sujetos responsables las personas físicas o jurídicas a las que sean imputables las acciones u omisiones constitutivas de infracciones tipificadas en la presente ley.

3. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo al interés superior del menor, a la importancia de los bienes jurídicos objeto de protección y a la lesión o riesgo de lesión que se derive de las conductas contempladas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-17.

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