Artículo 121. Resoluciones.
Artículo 121 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. Las resoluciones definitivas adoptadas por el Tribunal Administrativo del Deporte Aragonés en materias de su competencia agotarán la vía administrativa, pudiendo interponerse frente a estas recurso potestativo de reposición cuando hayan sido adoptadas en única instancia.
2. La ejecución de estas resoluciones corresponde, en su caso, a la dirección general competente en materia de deporte y a la federación deportiva aragonesa afectada, que serán responsables de su cumplimiento efectivo.
3. En caso de que sea solicitada la aclaración o rectificación de la resolución recogida en el artículo 113.3, deberá realizarse por el Tribunal Administrativo del Deporte Aragonés en el plazo máximo de diez días, a contar desde el día siguiente a la recepción de la solicitud.