Artículo 12. Medios electrónicos.
Artículo 12 del Real Decreto 971/2014, de 21 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios. · BOE-A-2014-12561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-04.
Texto consolidado
Las actuaciones, actos, comunicaciones y trámites administrativos previstos en este real decreto, entre órganos o entes de la Administración General del Estado, y con las Administraciones de los otros Estados miembros, se realizarán a través de medios electrónicos, siempre teniendo en cuenta las directrices y documentos-guía comunitarios, tanto en lo relativo a los formatos para soporte electrónico como a las instrucciones sobre la materia.