Artículo 12. Publicación de vacantes y presentación de candidaturas.
Artículo 12 del Real Decreto 537/2015, de 26 de junio, por el que se aprueban los estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. · BOE-A-2015-7853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-15.
Texto consolidado
1. Cuando ocurra alguna vacante de Académico de Número, será declarada en la primera junta ordinaria que la Academia celebre y, en el plazo máximo de tres meses, se pondrá en conocimiento del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Publicado el anuncio, se admitirán las propuestas que se presentaren, que habrán de ser firmadas, precisamente, por tres Académicos de Número y que deberán ir acompañadas de un informe escrito de los méritos relevantes concurrentes en el candidato, de cuyo asentimiento en caso de ser elegido responderán los proponentes.